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Enero 2008

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I. Novedades legales en materia comercial

a) Comisión de Administración de Divisas (CADIVI)

Materia
Normativa
Fuente
Observaciones


Adquisición de Divisas destinadas al pago de consumos en el extranjero


Providencia N° 084

Gaceta Oficial N° 38.839 (27-12-2007)
http://www.cadivi.gob.ve


- Se establecen los requisitos, controles y trámites para la adquisición de divisas destinadas al pago de consumos en el exterior.

- El monto para el pago con tarjetas de crédito de consumos de bienes y prestación de servicios, efectuados con ocasión de viajes al exterior se mantiene en US $ 5000 o su equivalente en otras divisas por un año (Artículo 10)

- El monto para adelanto de efectivo a través de cajeros automáticos ubicados en el exterior se mantiene en US $ 500 para (Artículo 19), así como el dinero efectivo de US $ 600 o los € 500 para viajeros a la zona euro (Artículo 23).

- El monto máximo para compras electrónicas a proveedores en el exterior desde Venezuela se estableció en US $ 400 o su equivalente en otras divisas por año (Artículo 12)

- Se deroga la Providencia Nº 081, publicada en Gaceta Oficial Nº 38.624 de 12-02-2007


Planilla de Intención de Exportación (IE)


Extensión de la dispensa para que los microexportadores no presenten Planilla IE


http://www.cadivi.gob.ve

- Se otorga una prórroga hasta el 29 de febrero de 2007, a la dispensa que excluye al sector de pequeños exportadores para presentar la planilla IE en la aduana, siempre que estas operaciones no excedan los 5 mil dólares en valor individual.


b) Ministerio del Poder Popular para las Finanzas

Materia
Normativa
Fuente
Observaciones
Ilícitos cambiarios

Ley contra Ilícitos Cambiarios

Gaceta Oficial Nº 5.867 Extraordinaria
(28-12-2007)


Se deroga la Ley Contra los Ilícitos Cambiarios, publicada en la Gaceta Oficial No. 38.272, del 14-09-2005



c) Ministerio del Poder Popular para las Finanzas y para las Industrias Ligeras y Comercio (MILCO)

Materia
Normativa
Fuente
Observaciones
Modificación parcial de artículos del Arancel de Aduana Resolución DM/Nº 1.960 (Finanzas) y Resolución DM/Nº 325 (MILCO)
Gaceta Oficial Nº 38.826 (06-12-2007)

- Resolución por la cual se modifica parcialmente el artículo 23 y 24 del Decreto Nº 3.679 de 30-05-2005 (Gaceta Oficial Nº 38.826 de 28-06-2005).

- Se modifica las notas complementarias del Capítulo 87 del Arancel de Aduanas

- Se modifican las partidas 87.01, 87.02, 87.03,87.04, 87.11, 87.16

- Se estructura el Capítulo 98 del Arancel, relativo a las mercancías sometidas a tratamientos arancelarios especiales

Importación De vehículos desensamblados Resolución DM/Nº 1.961 (Finanzas) y DM/Nº 324 (MILCO) Gaceta Oficial Nº 38.827 (07-12-2007) Se autoriza la importación de vehículos desensamblados bajo el Régimen de Material de Ensamblaje Importado para Vehículos (MEIV) destinados a la producción nacional, a través del capítulo 98 del Arancel de Aduanas.
Prórroga de listado de CADIVI Resolución DM/Nº 1.962 (Finanzas) y Resolución DM/Nº 327 (MILCO) Gaceta Oficial Nº 38.828 (10-12-2007) Se prorroga la vigencia de la Resolución Nº 196 y 1.826 del MILCO y del Ministerio de Finanzas, respectivamente, del 21 de noviembre de 2006 publicado en Gaceta Oficial Nº 38.577 del 05-12-2006, mediante la cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas, por un lapso de 180 días hábiles posteriores a la fecha de su vencimiento.

d) Ministerios del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio, para la Agricultura y Tierras y para la Alimentación

Materia
Normativa
Fuente
Observaciones
Control de precios Resolución Conjunta Nº DM/326, DM/216/2007 y DM/090 Gaceta Oficial Nº 38.827 (07-12-2007)

La leche esterilizada (UHT), en todas sus presentaciones, modalidades y denominaciones comerciales (completa, descremada, y semidescremada incluyendo las enriquecidas) fue excluida del control de precios

Precio Máximo de Venta al Público (PMVP) Resolución Conjunta Gaceta Oficial N° 38.839
(27-12-2007)
Se fija en todo el territorio nacional el Precio Máximo de Venta al Público (PMVP), para los productos alimenticios que en ella se mencionan, consistentes en
- Azúcar refinada, integral, con aspartame y refinada con miel
- Azúcar lavada, morena, rubia y con sabor a papelón en sus presentaciones de 800 g, 900 g, 1kg y 2kg
- Bulto de azúcar, en puerta de industria o en puerta de mayorista o distribuidor, en presentación comercial de 1, 2 y 5 kg.
- Saco o bulto de azúcar, en puerta de industria o en puerta de mayorista o distribuidor, en presentación de 50 Kg.

 

e) Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT)

Materia
Normativa
Fuente
Observaciones
Exoneración de pago del IVA Decreto 5.732 Gaceta Oficial N° 38.829
(11-12-2007)

- Se exonera del pago del impuesto al valor agregado (IVA) las operaciones de importación definitiva de los bienes muebles corporales señalados en el artículo Decreto, realizadas por los órganos y entes del Poder Público Nacional, según corresponda, estrictamente necesarios para la fabricación de los pasaportes emitidos por la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería (ONIDEX)

- El plazo máximo de duración del beneficio de exoneración establecido en el presente Decreto será de un (1) año, contado a partir de la fecha de su entrada en vigencia.
Exoneración de pago del IVA Decreto 5.733 Gaceta Oficial N° 38.830
(12-12-2007)

Se exonera del pago del Impuesto al Valor Agregado (lVA), las operaciones de importación definitiva de los bienes muebles corporales que en él se señalan

Exoneración del pago del IVA Decreto 5.770
Gaceta Oficial N° 38.839
(27-12-2007)


Se exoneran del pago del IVA las ventas de bienes muebles o prestaciones de servicios efectuadas por las empresas, comercios, prestadores de servicios y demás personas, naturales o jurídicas, y entidades sin personalidad jurídica, que realicen operaciones por un monto igual o inferior al equivalente a tres mil unidades tributarias (3.000 U.T.) en el año calendario inmediato anterior a la publicación del Decreto en Gaceta Oficial
Exoneración del pago del IVA Decreto 5.771 Gaceta Oficial N° 38.839
(27-12-2007)
Se concede la exoneración del pago del IVA en los términos y condiciones previstos en el Decreto, a las operaciones de importación definitiva de bienes muebles corporales realizadas por el Consejo Nacional Electoral (CNE), así como las ventas nacionales de bienes muebles corporales que se realicen a dicho Órgano, estrictamente necesarias para la realización del proceso del Referéndum Aprobatorio de la Reforma Constitucional convocado para el mes de diciembre de 2007

 

f) Presidencia de la República

Materia
Normativa
Fuente
Observaciones
Inamovilidad laboral Decreto 5.752 Gaceta Oficial N° 38.839
(27-12-2007)


Se extiende la inamovilidad laboral de los trabajadores del sector privado y sector público regidos por la Ley Orgánica del Trabajo desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre del año 2008

 

g) Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo

Materia
Normativa
Fuente
Observaciones
Comercialización de aceites y grasas lubricantes Resolución Nº 264
Gaceta Oficial N° 38.829
(11-12-2007)


Resolución por la cual se dispone que los aceites y grasas lubricantes de base mineral, semisintética y sintética, destinados a los sectores automotriz e industrial, de origen nacional o importado, para uso propio y/o para ser comercializados en el mercado interno, deberán cumplir con los requisitos mínimos señalados en las Normas y Reglamentaciones Técnicas Venezolanas que en ellas se especifican.

 

 

II. Trámite al día
Solicitud de Exoneración de Impuestos para Bienes de Capital

  • Autoridad competente

    Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio (MILCO)


  • Requisitos

    • Original y fotocopia de la cedula de identidad.
    • En caso de ser representante, mandatario o comisionista del solicitante deberá presentar original y fotocopia del documento registrado ó autenticado donde conste dicha representación o mandato según sea el caso.
    • Fotocopia de la factura comercial, orden de compra o contrato de adquisición del bien capital y sus partes, piezas, accesorios según sea el caso.
    • Fotocopia de la Ultima Declaración del Impuesto Sobre la Renta (I.S.L.R.)
    • Informe técnico explicativo de las características del proyecto a implementar.

     

  • Requisitos personas jurídicas

    • Original y fotocopia del Documento Constitutivo y Estatutos Sociales si se trata de una persona jurí­dica, o documento que identifique la persona natural.
    • Documentación demostrativa del Capital Suscrito y sus posteriores incrementos.
    • En caso de ser representante, mandatario o comisionista del solicitante deberá presentar original y fotocopia del documento registrado ó autenticado donde conste dicha representación o mandato según sea el caso.
    • Fotocopia de la factura comercial, orden de compra o contrato de adquisición del bien capital y sus partes, piezas, accesorios según sea el caso.
    • Fotocopia de la Ultima Declaración del ISLA.
    • Informe técnico explicativo de las características del proyecto a implementar.



  • Requisitos empresaintermediaria
    • Original y fotocopia del Documento Constitutivo y Estatutos Sociales si se trata de una persona jurí­dica, o documento que identifique la persona natural.
    • Documentación demostrativa del Capital Suscrito y sus posteriores incrementos.
    • En caso de ser representante, mandatario o comisionista del solicitante deberá presentar original y fotocopia del documento registrado ó autenticado donde conste dicha representación o mandato según sea el caso.
    • Fotocopia de la factura comercial, orden de compra o contrato de adquisición del bien capital y sus partes, piezas, accesorios según sea el caso.
    • Fotocopia de la Ultima Declaración del I.S.L.R.
    • Informe técnico explicativo de las características del proyecto a implementar.
    • Documentación de la solicitud de pedido del bien capital y sus partes, piezas o accesorios a la empresa proveedora.
    • Presentar la orden de pedido del bien capital de la empresa a la cual se destinaría finalmente al bien capital y sus partes o accesorios en cuestión indicando el precio de venta del bien.
    • Identificación del proveedor internacional.
    • Documentación relativa a la entrega del bien a la empresa a quien finalmente sería destinado.

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  • Procedimiento
  • Registrar su solicitud en la página Web: http://tramites.milco.gob.ve/tramites/
  • Consignar la solicitud con los documentos correspondientesy entregar en las Oficinas del Ministerio, lo cual será revisado por los especialistas
  • El status así como el resultado final de las solicitudes puede ser consultado a través de la página Web.

 

  • Dirección

Av. Lecuna, Torre Oeste de Parque Central, Piso 10, Despacho del Viceministro de Industrias Ligeras. Distrito Capital. Caracas, Venezuela.

  • Teléfono

0800-MILCO – 00
0800-6452600 -00

 

  • Horario de Recepción

Lunes a Viernes
Mañana: 8.30 a.m. - 12:00 m
Tarde: 1:30 p.m. - 4:00 p.m.

 

Fuente: Ministerio del Poder Popular para las Industrias Ligeras y Comercio - MILCO (2007). Disponible en:http://tramites.milco.gob.ve/tramites/

 

  • INFOCENTER SPECIAL: Nuevo Horario Especial de Acceso al Portal de CADIVI

 

El nuevo horario especial para el acceso al portal de Internet de los usuariospara efectuar los trámites para la obtención de divisas y/o consultas de solicitudes es el siguiente:

8:00 a.m. - 3:00 p.m.: Personas jurídicas

3:00 p.m. - 10:00 p.m.: Personas naturales


El ingreso de los usuarios en el horario especial se realizará de acuerdo al último dígito de la cédula de identidad:

 

Día

Dígito

Lunes

0, 1, y 2

Martes

3 y 4

Miércoles

Todos los usuarios

Jueves

5 y 6

Viernes

7, 8 y 9

Sábado

Todos los usuarios

Domingo

Todos los usuarios

 


Karen Bocanegra
Trade Coordinator - Infocenter