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Comité Briefing
Febrero 2008
DIFICULTADES Y ALTERNATIVAS EN EL MERCADO VENEZOLANO
La situación actual de las empresas tanto nacionales como extranjeras dentro mercado venezolano se ve influenciada principalmente por los siguientes obstáculos:
- Alto grado de incertidumbre ante las políticas alimenticias y controles de precios
- La discrecionalidad de los funcionarios públicos ante la percepción de criterios, versus el normal desenvolvimiento de los productos a lo largo de la cadena hasta el consumidor final.
- Excesiva burocracia especialmente en trámites para lograr certificados de solvencia industrial
- Graves consecuencias en el normal desarrollo de operaciones de la industria por falta de materias primas necesarias para la producción final del bien.
Entre las posibles alternativas para disminuir el impacto de esta situación encontramos:
- Mantener una planificación constante dentro de los distintos departamentos de la industria
- Lograr un nivel de producción acorde con las inversiones realizadas sobre la base de la evaluación de la demanda del producto en el mercado nacional, sin que ello signifique una presión mayor en la disponibilidad de los inventarios
- Evaluar los costos de oportunidad sin olvidarse de la rentabilidad del negocio.
Otros aspectos que afectan la gestión de las empresas:
- La situación es crítica en los estados fronterizos con Colombia; especialmente por la discrecionalidad con que se maneja el tema de escasez y donde la principal preocupación es el conocimiento del consumo real local versus la mercancía destinada al contrabando;
- Agudización de la situación con el control en la distribución de productos alimentos en los estados fronterizos por parte de la Superintendencia Nacional de Silos, Almacenes y Depósitos Agrícolas (SADA), el cual exige mediante una asignación de Guías de Movilización de Alimentos la correcta distribución de los alimentos hacia esos Estados.
- Alto impacto de la nueva ley de ilícitos cambiarios, debido a la imposibilidad de obtener mercancías con dólares no aprobados, lo cual afecta la producción ante retrasos importantes por parte de la administradora de divisas.
- Escaso margen financiero reportado por los retailers en la venta de varios productos por colocación directa de precios por parte de los proveedores ypercepción de escasezen la población
- La contratación de personal calificado dentro de las empresas se dificulta por la escasez de recursos humanos que cumplan con los requerimientos. Dificultad enretener al personal calificado y técnico obrero
SITUACIÓN ACTUAL DEL MERCADO INMOBILIARIO
Una de las principales dificultades del mercado venezolano es la obtención de financiamiento en condiciones muy costosas para las empresas y personas naturales; así como también, la falta de disponibilidad de gavetas bancarias de las instituciones financieras, que solo acceden a dar créditos al sector primario y no al mercado secundario.
La inflación del sector de la construcción es mucho mayor que la del IPC, ya que existen productos que no están regulados y los que se encuentran bajo el control de precios son escasos, por lo que su precio aumenta mucho más por la alta demanda de los insumos para la construcción.
Por otra parte, se estima que el 2007 resultó ser un año provechoso para el sector inmobiliario y en el 2008 se espera mantener el mismo nivel de crecimiento aunque se deberántomar las previsiones necesarias para los ajustes que se presentarán para este año.
CONSIDERACIÓN COMO ENRIQUECIMIENTOS NETOS A LOS SALARIOS DEVENGADOS REGULAR Y PERMANENTEMENTE. Interpretación del Artículo 31 de la Ley de Impuestos Sobre La Renta.
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 22-02-07 y en la aclaratoria de fecha 09-03-07, interpretó el artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISLR), al considerar como enriquecimientos netos los salarios, devengados en forma regular y permanente por la prestación de servicios personales bajo relación de dependencia.
En tal sentido, quedan excluidos delsalario las percepciones de carácter accidental, las derivadas de la prestación de antigüedad y las que la Ley considere que no tienen carácter salarial.
Ahora bien, dicha decisión implica que para la próxima declaración del Impuesto sobre la Renta del año 2008, se debe realizar acorde al salario normal y no sobre el salario integral.
FACTIBILIDAD DE REALIZAR CONTRATOS EN DIVISAS SIN SER CONSIDERADO UN ILICITO CAMBIARIO. Interpretación del Artículo 19 de la Reforma de La Ley Contra Los Ilícitos Cambiarios
Del artículo 19 LCIC se ha interpretado prácticamente la prohibición total de celebrar contratos denominados en divisas, sin embargo, para el abogado y profesor Luis Alfredo Araque, esa no sería una interpretación correcta de la norma.
De la lectura del artículo parece razonable pensar que para que pueda producirse el ilícito, la oferta tiene que referirse exclusivamente a la celebración de un contrato de “compra, venta o arrendamiento de bienes o servicios.” Por ello, las ofertas de celebrar cualquier otro contrato que no sea uno de ellos puede ser realizada en divisas sin queconstituya ilícito cambiario alguno.
Es preciso resaltar que recordar que los contratos mencionados en la LCIC son contratos nominados descritos en los Códigos Civil y de Comercio y en la Ley de Arrendamientos Inmobiliarios. Por lo tanto, tratándose además de una norma penal, la prohibición no puede ser aplicada, ni siquiera por vía analógica, a ningún otro contrato nominado o no. Se mencionan a título de ejemplo algunos contratos cuyas ofertas pueden ser formuladas lícitamente en divisas: el contrato de préstamo, el contrato de obras, la carta de crédito, el mandato, etc.
Evidentemente, el hecho de que las ofertas e incluso los contratos puedan hacerse en divisas no implica que el deudor pueda cumplir su obligación infringiendo la normativa cambiaria, que prohíbe no sólo la compra venta de divisas fuera del monopolio del BCV, sino incluso la entrega de divisas en el ámbito territorial de aplicación de la LCIC.
Sin embargo esa infracción no se cometería nunca si el cumplimiento se hiciese con divisas compradas a CADIVI o adquiridas legítimamente y no ingresadas al país.
LA LEY DE PROMOCIÓN Y PROTECCION DE INVERSIONES Y LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTO MEDIANTE ARBITRAJE
La Ley de Promoción y Protección de Inversiones,en su artículo 22 plantea la posibilidadde resolver mediante arbitraje internacional las controversias que surjan entre un inversionista internacional cuyo país de origen tenga vigente con Venezuela un tratado o acuerdo sobre promoción y protección de inversiones, o las controversias respecto a las cuales sean aplicables las disposiciones del convenio del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI-MIGA) o las del convenio delCentro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI).
Dicho artículo, representa una oferta abierta al arbitraje por parte del Estado. Por lo tanto, el Estado que deseeresolver las controversias entre un inversionista internacional mediante arbitraje internacional, deberá cumplir algunos de estos tres requisitos: 1) Que exista un acuerdo de arbitraje incluido en un contrato; 2) Que exista una oferta abierta en Convenios Multilaterales o Tratados Bilateral de Inversión (TBI); o que haya una 3) Oferta Abierta en las leyes de inversión.
Ahora bien, para que el Inversionista pueda resolver sus controversias mediante arbitraje internacional deberá expresar su consentimiento mediante: 1) Unacuerdo de arbitraje incluido en un contrato; 2) Una carta de aceptación de la oferta abierta de arbitraje contenida en un Convenio Multilateral, TBI o Ley de Inversiones; o 3) Un registro de solicitud de arbitraje.
Existen unos riesgos al asumir el Art. 22 de la Ley de Protección, como una oferta abierta para resolver las controversias mediante arbitraje internacional, entre estos: 1) Quienes no tengan un TBI; 2) La revocatoria de la Oferta de arbitraje; 3) Que existala exclusión de materias del Convenio por parte deLos Estados Contratantes, posibilidad admitida por el Art. 25 (4) del Convenio del CIADI, lo que traería como consecuencia la falta de jurisdicción del Centro en las materias que el Estado haya excluido.
SITUACIÓN FISCAL DE VENEZUELA Y PERSPECTIVAS SOBRE NUEVAS CARGAS TRIBUTARIAS
La nueva estructura de propiedad del Estado incluye medios de comunicación, red y distribución de alimentos, empresas eléctricas, telecomunicaciones, cooperativas y núcleos de desarrollos endógenos; aparte de la empresa tradicionalmente propiedad del Estado.
El gasto público aumentó con relación al porcentaje del PIB (incluyendo a FONDEN) en un 35% en el año 2006, en comparación con el 20% en el año 1998. En cuanto a los ingresos del Estado, se refleja una disminución en los ingresos petroleros, las cifras que se manejan entre el año 2007 y 2006son de 45.242 MMMBs y 47. 211 MMM de Bs, respectivamente, debido al recorte de la producción petrolera. En cuanto a los ingresos no petroleros, los mismosaumentaron de 38. 682 MMM Bs a 49. 502 MMM Bs desde el 2006 al 2007. Como resultado, el gasto total del Estado aumentó entre 2006 y 2007 de 90. 504 MMM de Bsa 97. 747 MMM de Bs.
Se prevén nuevas fuentes efectivas de recaudación impositivas como: la evaluación y ejecución de garantías; la disminución de exoneraciones por concepto de impuestos de importación; la ampliación de horarios y días de servicios en todas las aduanas del país y el cruce informativo de declaración aduanera y tributaria, a fin de detectar la sobrevaloración o subvaluación de las mercancías importadas.
En materia de gravámenes, se prevé el incremento de las tasas impositivas a los licores y cigarrillos, así como la evolución de los efectos de las medidas adoptadas a fin de evitar la doble tributación, en estos mismos rubros. Dentro del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2008, se tiene previsto la implementación del Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) de las personas jurídicas y entidades económicas con personalidad jurídica, dejando libre de gravamen a las personas naturales.
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