En Gaceta Oficial Nº 38.859 del 28 de enero de 2008 fue publicado el Decreto N° 5.836, sobre la Creación del Sistema Público Metropolitano de Salud.
Objeto
Profundizar y consolidar la gestión en todos los hospitales, ambulatorios, clínicas populares, centros de diagnóstico integral, salas de rehabilitación integral, centros diagnósticos de alta tecnología y otros centros similares; con el propósito de optimizar los servicios médicos asistenciales que allí se prestan. Que a su vez se encuentren bajo la dependencia delMinisterios del Poder Popular para la Salud y para, el Trabajo y Seguridad Social, la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas.
La Operatividad del Sistema Público Metropolitano de Salud, se logrará a través de:
La creación del Comité para la Organización y Rectoría del Sistema Público Metropolitano de Salud, el cual es de carácter temporal y tendrá por objeto crear, implementar y coordinar la metodología adecuada.
Sujetos Pasivos
- Los Órganos del Poder Ejecutivo Nacional, Estadal, Municipal y demás entes locales, previstos en la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, conformados por las respectivas Administraciones Públicas centrales, incluidos los servicios autónomos sin personalidad jurídica y otras unidades desconcentradas, las Administraciones Públicas descentralizadas constituidas por institutos autónomos, fundaciones, asociaciones, sociedades civiles y empresas del Estado.
- Los Órganos, fundaciones, asociaciones y sociedades civiles de todos los Poderes Públicos y del Distrito Metropolitano de Caracas.
- Las Instituciones Públicas de educación superior que presten servicios de salud y estén ubicadas en el Distrito Metropolitano.
Ejecución
Los encargados de la ejecución del presente decreto son los Ministros del Poder Popular para:
- La Salud; Trabajo y Seguridad Social.
- La Defensa.
- La Finanzas.
- La Planificación y Desarrollo.
- La Educación y Educación Superior.
- La Infraestructura.
- El Ambiente.
- La Participación y Protección Social.
- Energía y Petróleo.
- Ciencia y Tecnología.
Entrada en Vigencia:
A partir del 28 de enero de 2008, donde fue publicado el decreto en Gaceta Oficial.
Vanessa Giraud
Dirección de Análisis e Información
www.venamcham.org
vgiraudm@venamcham.org