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En Gaceta
Convenios de la Faja Petrolífera del Orinoco
Nuevo Esquema de Funcionamiento
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Desde la entrada en vigencia de la Ley de Hidrocarburos del año 2001, se inició un proceso de modificación del régimen de participación de las empresas privadas en la industria petrolera que operaban bajo la figura de convenios operativos. Estas empresas pasaron a constituir Empresas Mixtas (EM), en las cuales la empresa estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) a través de su filial Corporación Venezolana del Petróleo, S.A, (CVP) posee una participación accionaria mayoritaria. |
En días pasados, se anunció la aplicación de este esquema a las asociaciones existentes entre PDVSA y el sector privado que operan en la Faja Petrolífera del Orinoco(1) , así como en los Convenios de Exploración y Riesgo Compartido(2). Los lineamientos de este proceso fueron plasmados en el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Migración a Empresas Mixtas de los Convenios de Asociación de la Faja Petrolífera del Orinoco, así como de los Convenios de Exploración a Riesgo y Ganancias Compartidas, publicado en Gaceta Oficial N° 38.632 del 26 de febrero de 2007.
Siguiendo el esquema anteriormente aplicado al resto de las empresas privadas, en este Decreto se estipula que la composición de las nuevas EM será la siguiente: la CVP u otra filial de PDVSA será la empresa estatal accionista, con un mínimo de 60% de participación accionaria; y el resto de los socios minoritarios serán seleccionados de manera directa (Artículo 6°).
El proceso de migración del antiguo esquema al nuevo se inicia a partir de la publicación del Decreto, en el cual se establece que dicho proceso será guiado por las “Comisiones de Transición” que la CVP debe conformar para cada asociación estipulada en el Decreto en el plazo de siete días a partir de su publicación. Dichas Comisiones serán incorporadas a las directivas de cada EM que se conformen, con el objetivo de garantizar la transferencia del control de todas las actividades realizadas por las asociaciones a la empresa estatal, proceso que deberá culminar el 30 de abril de 2007.
Asimismo, en el artículo 5° del Decreto se establece que el período de transición es de cuatro meses, tiempo concedido a las empresas actuales para acordar los términos y condiciones de su participación en las nuevas EM, y dos meses adicionales para someter dichos términos a la Asamblea Nacional. De igual manera, se estipula que en caso de no lograrse un acuerdo en este lapso de tiempo, el Estado a través de PDVSA, asumirá directamente las actividades ejercidas por estas asociaciones con el fin de preservar su continuidad.
De manera general, el proceso de conformación de las EM engloba los siguientes aspectos:
- Delimitación de áreas: Las áreas en las cuales las EM desarrollarán sus actividades primarias se dividirán en lotes con una extensión máxima de 100 km2
- Actividades de las EM: El Ejecutivo transferirá a las EM el derecho al ejercicio de sus actividades primarias, así como adjudicación de la propiedad u otros derechos sobre bienes muebles o inmuebles del dominio privado de la República que se requieran para el ejercicio de eficiente de tales actividades.
- Régimen laboral: en el artículo 10° del Decreto, se estipula que todos los trabajadores de la nómina contractual gozarán de inamovilidad laboral y estarán bajo el amparo de la Convención Colectiva Petrolera que rige a los trabajadores de PDVSA.
- Aspectos tributarios: Según el artículo 11, todos actos, negocios, acuerdos o cualquier operación referente a la constitución de las EM o a la conformación de su patrimonio estarán exentas del pago de impuestos, tasas, contribuciones especiales o cualquier otra obligación tributaria creada por el Poder Nacional.
Finalmente, el resto de aspectos relativos a la ejecución de este Decreto estarán a cargo del Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo, estipulándose que cualquier actividad o hecho vinculado al mismo se regirá por Ley Nacional y la solución de cualquier controversia estará sujeta a la jurisdicción nacional, de acuerdo a los preceptos constitucionales.
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Ley de Migración a Empresas Mixtas de la Faja del Orinoco...
Karen Bocanegra
Dirección de Análisis e Información
1 Las asociaciones existentes entre PDVSA y el sector privado que operan en la Faja Petrolífera del Orinoco están constituidas por las empresas Petrozuata, S.A.; Sincrudos de Oriente, S.A., Sincor, S.A., Petrolera Cerro Negro S.A y Petrolera Hamaca, C.A.
2 Las Convenios de Exploración y Riesgo Compartido son las del Golfo de Paria Oeste, Golfo de Paria Este y la Ceiba. En este apartado se incluyen las empresas o consorcios que se hayan constituido en ejecución de estos convenios; la empresa Orifuels Sinovensa, S.A, así como las filiales de estas empresas que realicen actividades comerciales en la Faja Petrolífera del Orinoco, y en toda la cadena productiva.
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